¿Puedo cambiar el contrato de luz si vivo de alquiler?
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Una de las preguntas que se hacen con más frecuencia los inquilinos cuando viven en una casa alquilada, es si pueden tener el contrato de la luz a su nombre, y si es posible cambiar de compañía eléctrica.
Cuando te mudas y estableces un contrato de alquiler, debes tener en cuenta muchos factores, como los suministros de hogar.
Al igual que ocurre con el suministro de internet o de televisión, también puedes contratar tu propio suministro de luz a tu nombre, y de hecho, te conviene. Te explicamos todo lo que debes tener en cuenta para llevarlo a cabo.
Cambio de titularidad
Lo primero que debes tener en cuenta es el cambio de titularidad. Cuando un inquilino se va de una vivienda puede dar de baja el suministro, pero en este caso el arrendador tendrá que pagar los costes de alta después. O puede hacer un cambio de titular al arrendador contactando con la comercializadora.
Hacer un cambio de titularidad no es obligatorio, pero es lo habitual y lo más recomendable; tanto para el arrendador como para el inquilino. Especialmente si vas a tener la vivienda alquilada por un periodo de tiempo largo.
Qué otras cosas hay que tener en cuenta:
- Si hay alguna incidencia, la responsabilidad recae sobre el inquilino. Pero éste, es libre de poder contratar el suministro con una compañía que le ofrezca una tarifa de luz con mejores condiciones y ajustada a sus necesidades, y de realizar cualquier gestión sin depender del propietario de la vivienda.
- Además, si hubiera alguna deuda antigua, el inquilino nuevo no se hace cargo de ella porque no es el titular. Es beneficioso para el inquilino puesto que así pasa a tener el control de su consumo eléctrico, de las facturas y de cualquier notificación relativa al contrato.
- La única pega que puede existir para el cambio es que el contrato de arrendamiento que has firmado estipule que no puedes hacer modificaciones.
- El cambio de titularidad puede tardar hasta 21 días, pero normalmente en unos días ya está tramitado y activo.
El cambio de titularidad en el contrato de luz es gratuito y se puede realizar tantas veces como se necesite.
Hay dos formas de tramitar el cambio de titular del contrato de luz
- Con subrogación: en este caso, el nuevo titular asume cualquier derecho y obligación preexistente y no se corta el ciclo de facturación. Es la opción más recomendable para el inquilino si no existe deudas del anterior titular.
- Sin subrogación: en este caso no se ceden ni los derechos ni las obligaciones. Se corta el ciclo de facturación, esto implica un alta nueva de contrato de luz, por lo que sí supondrá unos costes de derechos de enganche y acometida, etc. Este caso solo interesa si existen deudas previas, para no tener que asumirlas.
Si no deseas cambiar el titular a pesar de sus ventajas, puedes solicitar el cambio únicamente del número de cuenta de la domiciliación bancaria para el cobro de las facturas.
Qué debo hacer para cambiar la titularidad
Si deseas tramitar el cambio de titularidad del contrato de luz, contacta con la comercializadora a través de su teléfono de contacto (lo encontrarás en una factura ya emitida o en su web comercial). También puedes hacerlo desde la oficina virtual de clientes o acudiendo a alguno de sus locales comerciales.
Qué datos te pedirán para el cambio de titularidad
- Nombre, apellidos y DNI del actual titular y de quien pasará a ser el nuevo.
- Datos bancarios para el cobro de las facturas.
- Teléfono de contacto.
- Código Universal del Punto de Suministro o CUPS (puedes encontrarlo en cualquier factura antigua de la vivienda).
- Dirección postal del punto de suministro.
Es posible que te soliciten también una copa del contrato de alquiler.
Cambio de comercializadora
Una vez eres el titular del contrato de luz, ya puedes realizar por tu cuenta un cambio de compañía comercializadora si te ofrece mejores tarifas. Para ello, lo mejor es utilizar un comparador de tarifas de luz como el de Watiofy, que analice tu consumo y te recomiende la mejor compañía para ahorrar en tu factura.
Antes de cambiarte de comercializadora, comprueba si tienes derecho a Bono Social Eléctrico. En este caso el cambio deberías hacerlo en una comercializadora del mercado regulado, para poder beneficiarte de la ayuda y revisa también si te interesa contratar una tarifa con discriminación horaria.
El cambio de comercializadora de luz también es gratuito, puedes realizarlo tantas veces como necesites.
Recuerda que:
- Es gratuito siempre que no tengas un contrato de permanencia.
- Este proceso no suele tardar más de una semana.
- Solo en el caso de modificar la potencia que tienes contratada en la vivienda es cuando deberás asumir unos costes.
- Cuando vayas a iniciar el proceso, te recomendamos localizar previamente el contador de luz de la vivienda y realiza una lectura para controlar el consumo y comprobar si funciona correctamente.