¿Qué son los derechos de enganche?
Los derechos de enganche son un concepto que tendrás que pagar a la empresa distribuidora de luz por tener conectada la electricidad a tu punto de suministro desde la red de distribución.
Pagarás por estos derechos en tu primera factura a la compañía comercializadora con la que decidas contratar la luz. Será esta la que, posteriormente, se los haga llegar a la empresa distribuidora.
El precio es el mismo independientemente de cuál sea tu compañía distribuidora de luz. Las cantidades están reguladas por el gobierno e incluidas en el BOE.
¿Cuánto hay que pagar por los derechos de enganche?
El precio de los derechos de enganche es igual en todos los casos. Y se corresponde con el cuadro que te mostramos a continuación.
Tensión | Coste derecho enganche (SIN IVA) |
Baja tensión hasta 9.2 Kv | 9,04€ |
Alta tensión hasta 36 Kv | 79,49€ |
Alta tensión entre 36 Kv y 72,5 Kv | 266,75€ |
Alta tensión mayor que 72,5Kv | 374,54€ |
La cantidad a pagar varía en función de la tensión, pero no de la potencia contratada. Sea cual sea la cantidad que decidas subir o bajar, abonarás siempre lo mismo.
¿Cuándo tengo que pagarlos?
De todos los derechos que tendrás que pagar a tu compañía distribuidora por el uso de la luz, los de enganche son los más recurrentes. Tendrás que pagarlos en las siguientes situaciones:
- Siempre que des de alta un nuevo punto de suministro.
- Al reactivar un punto de suministro que estuviese inactivo.
- Al subir o bajar la potencia contratada.
¿Puede cobrarme la compañía comercializadora a la que cambio los derechos de enganche?
No, no puede. Los derechos de enganche son un concepto que solo puede cobrar la empresa distribuidora. A instancias de la comercializadora siempre que se produzca uno de los casos anteriores.
Todos los derechos que tendrás que pagar por el uso de la electricidad están regulados por el gobierno. Lo que significa que ninguna empresa podrá cobrarte por ellos fuera del marco legal establecido.