“Me han cambiado de compañía eléctrica sin mi consentimiento”: alerta de la CNMC
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La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha detectado que todavía se producen en nuestro país cambios de compañía de luz y gas sin el consentimiento de los consumidores.
Son conclusiones extraídas del estudio de la CNMC de una muestra representativa de los 2,74 millones de cambios de comercializadora que se produjeron en el mercado eléctrico y 0,62 millones en el de gas durante el 1 de julio de 2019 y el 30 de junio de 2020.
La CNMC recuerda que los cambios de comercializadora de luz y gas deben realizarse con pleno consentimiento del consumidor.
Y, como consecuencia de estos cambios de comercializadora no consentidos, casi una treintena de consumidores beneficiarios del bono social eléctrico lo perdieron (aunque meses después pudieron recuperarlo).
La CNMC propone, como medidas para evitar que esto ocurra, grabar desde el inicio el contacto comercial y regular con mayor detalle la documentación necesaria para acreditar el consentimiento.
¿Han modificado los precios o condiciones de tu contrato de luz o gas?
La subida de precios en los mercados mayoristas de gas y electricidad está provocando que muchas comercializadoras aumenten los precios del suministro a los consumidores finales.
Por este motivo, la CNMC recuerda lo que dice la norma respecto a la información que las comercializadoras deben proporcionar a sus clientes:
- Las revisiones de precios deben comunicarlas a sus clientes con al menos 1 mes de antelación, de forma transparente y comprensible.
- Las comunicaciones de revisiones de precios deben incluir una comparativa de los precios aplicados antes y después de la revisión. Y deben contener una estimación del coste anual del suministro para dicho consumidor comparándola con el coste anual anterior.
- Las comercializadoras deben informar a sus clientes de que tienen derecho a rescindir el contrato sin coste ni penalización alguna cuando se le notifica una modificación de sus condiciones del contrato. Sin limitar el plazo para que el consumidor ejerza este derecho.
- El cambio de las condiciones del contrato solo puede producirse con anterioridad a la finalización de su vigencia si está previsto en el contrato específica y claramente.
- Si la comercializadora decide rescindir un contrato conforme a las condiciones económicas pactadas, debería compensar al consumidor con, al menos, el mismo criterio de penalización pactado para el supuesto en que el consumidor hubiese sido el que rescinde el contrato.
¿Los hogares suelen cambiar de comercializadora de luz y gas?
A continuación vamos a ver qué dicen las estadísticas.
El 50,7% de los encuestados en el Panel de Hogares del primer trimestre de 2021 de la CNMC contestaron que se encuentran insatisfechos con los servicios globales del sector eléctrico y el 47,6 % con los del gas.
Las principales razones por las que no están satisfechos ni en luz ni en gas son:
- Servicios caros
- Poca claridad en las facturas y en los precios aplicados a los servicios
- Información insuficiente sobre las condiciones de suministro y del contrato
De media, entre el sector eléctrico y el del gas, se producen 4 millones de cambios de comercializadora de luz y gas al año.
Y, a pesar de tal insatisfacción en ambos sectores; 2 de cada 3 consumidores encuestados declaran no haber cambiado nunca de comercializadora de energía.
Por eso, queremos recordarte que cambiar de compañía:
- Es un derecho libre de todo consumidor
- Es un proceso que no conlleva coste
- No puedes quedarte sin suministro
➜ Si deseas cambiar de compañía de luz y/o gas, no puedes perderte nuestra guía Qué tener en cuenta antes de cambiar de compañía de luz y gas. En ella te damos las claves para que aciertes con el cambio de comercializadora y ahorres en tus facturas.
Si tienes alguna duda, puedes consultarla con tu asesora energética de Watiofy gratis en el teléfono 91 91 98 300.